Logo del Centro Hospitalario Benito Menni de Pamplona y Elizondo - Hermanas Hospitalarias del Sagrado Corazón de Jesús
GUÍA DE USUARIO - CLINICA PAMPLONA
 
1. INTRODUCCIÓN

Esta Guía tiene objeto ofrecerle orientación sobre los servicios con los que cuenta este Centro y orientarle sobre su funcionamiento, y está dirigida tanto a los usuarios como a sus familiares.

La Clínica Psiquiátrica Padre Menni es una institución privada sin ánimo de lucro, de ideario católico y utilidad publica. Fue fundada en 1951, y es propiedad de la Congregación de Hermanas Hospitalarias.

La Misión de la Clínica se corresponde con la de la Congregación: ofrecer a enfermos mentales una asistencia integral en sus aspectos biológicos, psicológicos, sociales y espirituales, y promover la formación y la investigación en el campo de la salud mental.

La Clínica consta de dos áreas asistenciales en régimen de hospitalización completa (Áreas de Psiquiatría y Psicogeriatría) y una de hospitalización parcial (Centro de Día Psicogeriátrico). Dispone asimismo de un servicio de consultas ambulatorias de psiquiatría.

2. SOLICITUD DE ATENCIÓN

Para solicitar atención en el Centro de cualquier tipo puede llamarse al teléfono 948140611 indicando qué tipo de atención se solicita. La recepcionista le pondrá en contacto con la persona adecuada.

2.1. INGRESO

Pueden diferenciarse tres tipos de ingreso, según su finalidad:

2.1.1. Ingreso para tratamiento en la Unidad de Psiquiatría

En el caso de que la atención solicitada sea un tratamiento psiquiátrico en régimen de ingreso, la persona encargada de valorar su idoneidad es el médico de guardia.

La Clínica admite ingresos voluntarios e involuntarios, cumpliendo con la normativa legal al respecto. Todos los usuarios serán informados en el momento del ingreso de las normas que rigen el funcionamiento del Centro, y las aceptarán a través de un documento que deberán conocer y firmar. En caso de usuarios incapacitados legalmente, su tutor lo hará en su lugar. En caso de que el usuario rechace el ingreso, si procede efectuar un ingreso involuntario se pondrá en conocimiento del juez a fin de obtener la autorización pertinente, a no ser que el ingreso se produzca con autorización u orden judicial previa. En caso de ingreso involuntario se solicitará la firma de un familiar responsable.

Al ingreso debe aportarse el DNI o pasaporte del usuario, la cartilla sanitaria, el volante sellado de su compañía de seguros y el informe médico, ropa de vestido y artículos de uso personal. El personal de enfermería le informará sobre el tipo de ropa y artículos aconsejables. Los trámites de tipo administrativo, tanto al ingreso como al alta, se efectuarán en el servicio de Administración, en horario de 9 a 14 y de 16 a 18:30 horas de lunes a viernes. En caso de producirse el ingreso fuera de este horario, los trámites se pospondrán hasta la próxima apertura del servicio.

2.1.2. Ingreso Residencial

La Clínica dispone de varias Unidades para ingreso en régimen residencial: Residencia Asistida de Enfermos Mentales (RAEM), Piso Tutelado de Enfermos Mentales (PTEM) y Psicogeriatría. Es decir, ingresos sin una finalidad de tratamiento agudo inmediato, y de duración indefinida.

Usted puede acceder a la plaza de dos maneras: por asignación del Gobierno de Navarra (Plaza Concertada), o por solicitud individual al centro (Plaza Privada):

§ En caso de solicitar una plaza privada, la persona que informará y valorará la idoneidad del ingreso será en primer lugar el trabajador social, aunque posteriormente se realizará también un examen médico.

§ La plaza concertada se solicita a través de los servicios propios del Gobierno de Navarra, quien evalúa el caso, adjudica la plaza y, si procede, subvenciona el coste de la estancia.

El ingreso en Unidades Residenciales suelen estar programados con antelación, por lo que antes de que se produzca se habrán realizado varios contactos para aclarar todos los aspectos relacionados con el mismo.

2.1.3. Ingreso en Centro de Día Psicogeriátrico

El ingreso en Centro de Día también suele ser programado, por lo que son de aplicación las mismas consideraciones que en el caso anterior.

2.2. CONSULTA AMBULATORIA

En caso de solicitar consulta ambulatoria, se le pondrá en contacto con el servicio de Administración, donde se le informará de la disponibilidad de profesionales y horas de consulta.

3. ESTANCIA

Una vez que el ingreso se ha efectuado, todo el personal va a intentar proporcionar al usuario una atención integral, personal y de calidad. Para ello es muy conveniente la colaboración del propio usuario y de su familia.

Se establecen los siguientes Derechos y Deberes del usuario:

Derechos
  1. El usuario tiene derecho a recibir una atención sanitaria integral y humana, sin ningún tipo de discriminación, en todos los aspectos concernientes a su salud que hayan motivado su hospitalización, así como a todos aquellos otros que pudieron aparecer durante su permanencia en la Clínica, excepto aquellas enfermedades no incluidas en la especialidad del Centro, para las que la Clínica no está dotada.
  2. El usuario tiene derecho a un trato digno y respetuoso, así como a conservar su intimidad, sin que ello implique renunciar al cuidado o vigilancia de situaciones derivadas de su patología.
  3. El usuario tiene derecho a su libertad personal y a conservar todos sus derechos civiles, siempre que su enfermedad no lo impida.
  4. Como consecuencia del anterior, el usuario tiene derecho a manifestar su desacuerdo con la hospitalización y a solicitar el alta voluntaria.
  5. En caso de que, por razón de su enfermedad o situación legal, esta no pueda ser concedida, se procederá de acuerdo con la normativa de ingreso involuntario.
  6. El usuario tiene derecho a tanto recibir información a lo largo de su proceso asistencial, completa y regular, y en un lenguaje comprensible, así como a conocer el nombre y estamento profesional de las personas encargadas de su asistencia, como a expresar la voluntad de no ser informado él o sus familiares, de acuerdo a la Ley Foral 11/2002 del 6 de Mayo de 2002. Asimismo, tiene derecho a recibir un informe de alta cuando abandone el Centro.
  7. El usuario tiene derecho a dejar constancia de los deseos sobre las actuaciones médicas a realizar cuando se encuentre en una situación en que las circunstancias no le permitan expresar su voluntad personalmente. Dicha Declaración de Voluntades se realizará de acuerdo al Art. 9 de la Ley Foral 11/2002.
  8. El usuario tiene derecho a utilizar ropas y objetos personales, en la medida en que estos sean compatibles con la convivencia en la Clínica y con los planes de tratamiento.
  9. El usuario tiene derecho durante su hospitalización a utilizar las diferentes instalaciones del Centro, siempre que estén disponibles.
  10. El usuario tiene derecho a recibir visitas y a mantener contactos con la comunidad social de la que procede, siempre que no haya alguna razón terapéutica que lo desaconseje, y respetando las normas y los horarios establecidos.
  11. El usuario tiene derecho a que se garantice la confidencialidad de la información, teniendo en cuenta la existencia del secreto profesional compartido, que obliga a todos lo miembros del equipo y de la Institución, de acuerdo a la Ley Foral 11/2002 y resto de Normativa aplicable.
  12. En determinadas circunstancias, el beneficio del usuario tiene prioridad sobre la confidencialidad. Por lo tanto, el secreto profesional no obliga en los casos en los que mantenerlo resulta perjudicial para el usuario, dañe a terceros o sea requerida la información por resolución judicial expresa, y siempre según la legislación vigente. En esos casos particulares el usuario tiene derecho a conocer quién ha accedido a sus datos, así como el motivo del acceso y el uso de los mismos, salvo en caso de uso codificado de los mismo.
  13. El usuario tiene derecho a ser informado por escrito de la normativa del Centro y de su aplicación. Así mismo, tiene derecho a conocer los cauces formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y, en general, para comunicarse con la administración de la Institución. Tiene derecho, asimismo, a recibir una respuesta por escrito.
  14. En caso de incapacitación legal, la persona responsable para velar por los derechos del usuario y ejercer los mismos, es el tutor legalmente designado.

Deberes
  1. El usuario, y sus familiares, tienen el deber de cumplir las normas establecidas por el Centro.
  2. El usuario, y sus familiares, tienen el deber de colaborar en el tratamiento que se proporciona.
  3. El usuario, y sus familiares, tienen el deber de respetar al personal sanitario y a los demás usuarios.
  4. El usuario, y sus familiares, tienen el deber de respetar la filosofía asistencial del Centro.
  5. El usuario, y sus familiares, tienen el deber de respetar las instalaciones del Centro y todos sus sistemas de mantenimiento.
  6. El usuario, o su tutor legal tienen el deber de firmar el documento de aceptación de la hospitalización, en cuyo defecto se pondrá el hecho en conocimiento del juez.
  7. El usuario, o su tutor legal, tienen el deber de firmar el un documento de alta voluntaria exonerando de responsabilidad al centro en caso de solicitar el alta en contra de la indicación médica.
  8. Las familias tienen el deber de visitar a sus familiares, colaborar con el tratamiento, así como también en los gastos básicos del usuario, ejerciendo una tutela real en beneficio del familiar enfermo.
Derechos de los familiares
  1. Los familiares más allegados tienen derecho a solicitar y recibir información del proceso del usuario, cuando dicho usuario -o su responsable legal- autorice ésta, y siempre que la intervención de la familia sea necesaria para el tratamiento. En estos casos, la información a la familia debe ser veraz, clara y comprensible.
  2. El equipo terapéutico debe apoyar a las familias para que puedan colaborar en el tratamiento del usuario. Las familias tienen derecho a ser informadas de los recursos existentes, así como de su funcionamiento y utilización; los profesionales procurarán dar la respuesta más adecuada a cada situación.
  3. Los familiares de usuarios hospitalizados tienen derecho a visitar a sus parientes en un horario establecido y en un hábitat adecuado, respetando los deseos del propio usuario.
4. DATOS DE INTERÉS

A continuación se describen algunos datos de interés acerca de la normativa de funcionamiento del Centro:

Dentro de máximo respeto a la libertad de conciencia, la Clínica ofrece un servicio religioso y una atención espiritual a sus usuarios.

Comidas: El Centro proporciona una dieta adecuada a las necesidades de cada usuario, por lo que no debe recibirse otra comida, a excepción de alguna golosina. Los horarios de comida son:

  • Desayuno 09h
  • Comida 13h
  • Cena 20h

Correo: Existe un servicio de correos para enviar y recibir correspondencia, garantizando su confidencialidad. El buzón se encuentra en Recepción.

Drogas, Alcohol, Tabaco y Objetos Peligrosos: Está prohibido el consumo o tenencia de cualquier tipo de droga en el Centro, incluido el alcohol. Tampoco pueden guardarse armas u otros objetos peligrosos. El personal podrá efectuar los controles que estime pertinentes para asegurar el cumplimiento de estas medidas.
Está prohibido fumar en las habitaciones, dependencias, comedores y demás recintos del Centro, excepto en el jardín y en los lugares habilitados a tal fin. Esta normativa se hace extensible a los familiares y visitas.

Enfermedades Somáticas: Los problemas de salud somáticos que no puedan ser atendidos en este centro se derivarán al hospital que corresponda. En caso de urgencia médica que obligue al traslado inmediato del enfermo a un Servicio de Urgencias, éste será realizado por el personal del Centro, avisando a la familia. En consultas, revisiones o traslados programados, la familia asumirá la responsabilidad del acompañamiento en el traslado.

Higiene y Cuidado Personal: Todos los usuarios deberán cumplir las normas básicas de higiene y aseo personal. El personal supervisará y exigirá que todos los usuarios autónomos se bañen o duchen diariamente y se cambien de ropa con asiduidad, ayudando a aquellos que no puedan hacerlo por sí mismos.
Queda prohibido el intercambio de ropa entre usuarios, así como tender prendas en las habitaciones. El uso de bata y pijama solo está permitido en la habitación. La ropa que los usuarios utilicen deberá ser apropiada y respetuosa para los demás.
La Clínica dispone de lavandería, donde se lava la ropa normal. En caso de prendas delicadas, podrán ser entregadas a la familia para su limpieza, o se derivarán a la tintorería a cargo del usuario.

Información Médica: Si desea hablar con los profesionales del equipo terapéutico que atiende al usuario, puede hacerlo de lunes a viernes en horario de mañana.

Salidas: La Clínica no es una institución cerrada, por lo que los usuarios, salvo en aquellos casos en que su plan terapéutico aconseje lo contrario, podrán salir del recinto hospitalario contando con autorización médica, siendo responsables de todos sus actos durante las salidas. Por otra parte, pueden realizarse salidas dentro del plan terapéutico, siendo acompañando el usuario en este caso por personal del Centro.
El equipo terapéutico podrá autorizar, previa consulta con el familiar responsable, tutor o juez, salidas con estancias más o menos prolongadas fuera del hospital dentro del plan terapéutico del usuario (ej. salidas de fin de semana), declinando toda responsabilidad de lo que pudiera acaecer fuera del recinto del Centro.

Sugerencias: Cualquier observación suya podrá depositarla en el buzón de sugerencias, con la seguridad de que la estudiaremos atentamente. Existe asimismo un libro de reclamaciones a disposición de los usuarios.

Teléfono: Los usuarios pueden utilizar el teléfono público instalado en el pasillo de salida al patio, respetando las siguientes normas:
1. El tiempo máximo por llamada será de 15 minutos, a fin de no obstaculizar el acceso al teléfono de otros usuarios.
2. Las llamadas se efectuarán dentro del horario establecido, de nueve de la mañana a diez de la noche.

Asimismo, podrán recibirse todo tipo de llamadas desde el exterior, respetando las siguientes pautas:

  1. Las llamadas se efectuarán dentro del horario establecido, de nueve de la mañana a nueve de la noche.
  2. Las llamadas telefónicas serán restringidas durante periodos especiales, como horarios de comida o de terapia.
  3. El equipo médico, si lo estima necesario, podrá restringir las llamadas que considere nocivas o que interfieran e manera desfavorable con la evolución del proceso terapéutico.

Equipos electrónicos y móviles: Como regla general, no se dispondrá de televisión, equipos de vídeo, filmación y grabación, teléfonos móviles ni ordenadores personales a nivel individual. Tampoco se permite el uso de electrodomésticos en las habitaciones (Ej. Estufas, microondas, etc). En cada Unidad existe una sala con televisión, que será utilizada respetando las preferencias de la mayoría de los usuarios.

Tenencia de Dinero y Objetos de Valor: Para evitar su extravío, recomendamos que sean entregados para su custodia a la encargada de la Unidad correspondiente o depositados en Administración. La Dirección declina toda responsabilidad sobre robo o malversación de los objetos o valores no depositados o que el usuario guarde en su habitación.

Tratamientos: Los usuarios podrán ser tratados con los diferentes medicamentos y procedimientos terapéuticos autorizados en la Comunidad Europea, no haciéndose responsable el equipo médico ni el Centro de los efectos secundarios ni reacciones adversas que pudieran surgir de la correcta utilización de los mismos. Todos los medicamentos empleados en el tratamiento serán administrados por el personal del Centro, por lo que no está autorizada la posesión y/o consumo de otros fármacos.

Visitas: Los usuarios tienen derecho a recibir visitas, así como a rehusarlas. Sus preferencias deberán ser respetadas por el personal.
Las visitas se realizarán, en el horario establecido, de 17:00 a 19:30 horas. En circunstancias especiales, pueden autorizarse a horarios diferentes. Las visitas pueden ser restringidas por indicación terapéutica.
No se recomiendan las visitas de menores de 14 años. Bajo ningún concepto se puede facilitar al enfermo objetos cortantes o punzantes, u otros objetos o sustancias prohibidas dentro de la Clínica.